Este año, la Agencia Tributaria nos facilita la aplicación móvil y el plan «Le llamamos» para facilitarnos la realización de nuestra Declaración de la Renta. A la hora de realizar la declaración de la renta es importante tener presente aquellos gastos que podemos desgravar para que la declaración sea más beneficiosa. En este post te informamos de algunos.
- Afiliación a partidos políticos, coaliciones o agrupaciones de electores: Se podrá deducir el 20% de las cuotasde afiliación y las aportaciones. La base máxima de esta deducción será de 600€ anuales.
- Alquiler de la vivienda habitual: De esta deducción solo podrán beneficiarse aquellos que tuviesen derecho a la misma en un periodo impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015. Además deben mantener en vigor el contrato de arrendamiento y seguir cumpliendo los requisitos de rentas máximas.
- Deducciones autonómicas: Castilla y León figura como la Comunidad Autónoma más generosa mientras que Extremadura se sitúa justo en el extremo opuesto.
- Donaciones y otras aportaciones: Los ciudadanos que hayan destinado una parte de sus ingresos a una ONG u otras organizaciones sin ánimo de lucro contempladas en este supuesto podrán desgravarse el 75% de los primeros 150€. El resto del importe donado tambíen podrá desgravarse pero en un porcentaje menor, el 30%. Si las aportaciones se han hecho durante los dos años previos este procentaje sube al 35%.
- Familias numerosas, monoparental con dos hijos o personas con discapacidad a cargo: La deducción baraja los supuestos de 1.200€ anuales para familias numerosas, 2.400€ si es de categoría especial; 1.200€ anuales para monoparentales con dos hijos y el mismo importe para descendientes y ascendentes con discapacidad.
- Inversión en empresas de nueva o reciente creación: Esta deducción se mantiene, pero no formarán parte de la base deducible las acciones o participaciones compradas con el saldo de las cuentas ahorro-empresa.
- Maternidad: Podrás realizar una deducción si tienes hijos menores de 3 años hata 1.200€ anuales porcada hijo nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado.
- Movilidad geográfica: En el supuesto de que la aceptación de un puesto de trabajo implique cambiar de residencia habitual.
- Planes de pensiones: Desde la reforma fiscal que entró en vigor en 2015 se bajaron los límites con derecho a desgravación de 10.000€ y 12.500€ a 8.000€ por año y contribuyente.
- Vivienda habitual: La deducción más importante, aunque sólo disponible en los casos cuya casa se compró, o se realizó algún pago para la construcción, antes del 1 de enero de 2013. Para beneficiarse de esta deducción habrá que haberse beneficiado de la misma en la renta de 2012 o alis anteriores.