ABOGADOS PARA EMPRESAS TECNOLÓGICAS EN MÁLAGA

En Welllaw asesoramos a empresas tecnológicas y de servicios IT, españolas e internacionales, en todas las etapas de su negocio: desde la implantación en España o el lanzamiento de una start-up hasta la financiación, el crecimiento comercial y las operaciones corporativas.

Conocemos cómo funciona el sector: modelos de suscripción, desarrollo ágil, equipos distribuidos, rondas de inversión y grupos internacionales que prestan servicios entre sus filiales. Por eso combinamos en un solo equipo el asesoramiento societario, fiscal, laboral y de protección de datos con una práctica intensa en contratación tecnológica, de modo que la estructura jurídica de la empresa y sus contratos con clientes, proveedores e inversores respondan a una misma estrategia.

Cómo acompañamos a las empresas tecnológicas

Puesta en marcha e implantación en España

  • Constitución de sociedades y de filiales o sucursales de grupos tecnológicos extranjeros, con toda la tramitación hasta el inicio de la actividad. Más información en nuestra página de Derecho societario.
  • Planificación legal, fiscal y estratégica del proyecto: estructura societaria, reparto del capital entre fundadores, pacto de socios, cláusulas de permanencia (vesting) y planes de incentivos para el equipo.
  • Solicitud de la certificación de ENISA para acogerse al régimen de empresa emergente de la Ley de Startups y aprovechamiento de sus beneficios.
  • Obtención del NIF de la sociedad y de sus socios, inversores y administradores extranjeros.

Inversión, financiación y operaciones corporativas

  • Rondas de financiación con business angels, fondos de capital riesgo e inversores corporativos: hojas de términos (term sheets), due diligence, ampliaciones de capital, préstamos convertibles y pactos de socios.
  • Financiación pública, incluidos los préstamos participativos de ENISA.
  • Compraventa de empresas tecnológicas, entrada y salida de socios y operaciones de reestructuración, junto con nuestra área de M&A · Transacciones.

Contratación tecnológica

Redactamos, revisamos y negociamos, en español y en inglés, los contratos propios del sector:

  • Fase precontractual: acuerdos de confidencialidad (NDA), memorandos de entendimiento (MOU) y cartas de intenciones.
  • Software y servicios cloud: desarrollo de software a medida, contratos SaaS y condiciones de suscripción, implantación e integración, mantenimiento y soporte, y acuerdos de nivel de servicio (SLA).
  • Propiedad intelectual e industrial: licencias de uso de software, marcas y patentes, cesión de derechos, transferencia de tecnología y contratos con programadores y colaboradores externos para asegurar que el código es de la empresa.
  • Outsourcing y servicios IT: externalización de servicios y equipos de desarrollo, estructurados para evitar riesgos de cesión ilegal de trabajadores.
  • Datos: acuerdos de cesión y puesta a disposición de datos y contratos de encargo del tratamiento.
  • Contratos intragrupo: license service agreements, management service agreements, servicios compartidos y licencias de propiedad intelectual entre sociedades del grupo, ajustados al principio de plena competencia (arm’s length) y coordinados con nuestra área fiscal en materia de precios de transferencia.

Protección de datos y cumplimiento digital

Adecuación al RGPD y a la normativa española de protección de datos, contratos con encargados del tratamiento, transferencias internacionales de datos, políticas de privacidad y de cookies, y condiciones generales de plataformas, aplicaciones y comercio electrónico.

Acompañamiento en el crecimiento

Una vez en marcha, seguimos al lado de la empresa con un servicio recurrente: secretaría societaria, contratos con clientes y proveedores, contratación laboral y planes de incentivos, cumplimiento fiscal y, si surge un conflicto, su defensa a través de nuestra área de Procesal y litigación.

Para quién trabajamos

  • Start-ups y scale-ups tecnológicas en fase de lanzamiento, inversión o expansión.
  • Empresas de software, SaaS, plataformas digitales y comercio electrónico.
  • Consultoras e integradores IT y proveedores de servicios de desarrollo y mantenimiento.
  • Filiales españolas de grupos tecnológicos internacionales.
  • Inversores que entran en el capital de empresas tecnológicas.

Nuestro equipo

El área está dirigida por Federico Pérez-Padilla, socio director de Welllaw, reconocido por The Best Lawyers in Spain™ en Corporate and Mergers and Acquisitions Law, con más de 20 años de ejercicio en Derecho mercantil y experiencia como secretario no consejero y asesor externo de corporaciones tecnológicas. El área fiscal la dirige Emilio Pérez de la Blanca, socio reconocido por The Best Lawyers in Spain™ en Tax Law, con amplia experiencia en la fiscalidad de empresas nacionales y grupos internacionales. Álvaro Gandarillas, senior lawyer, asesora a start-ups y compañías tecnológicas desde su constitución hasta la contratación con clientes y proveedores y su adecuación a la normativa de protección de datos, y acompaña a filiales de grupos internacionales en su implantación en España.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una empresa emergente y qué ventajas fiscales tiene?

La Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley de Startups), considera empresa emergente a la sociedad de nueva creación o con menos de cinco años desde su inscripción (siete en biotecnología, energía, industria y otros sectores estratégicos) que, entre otros requisitos, no distribuya dividendos, no cotice, tenga su sede o un establecimiento permanente en España y al menos el 60 % de su plantilla con contrato laboral en España, y que desarrolle un proyecto innovador y escalable certificado por ENISA. Entre sus ventajas, tributa al 15 % en el Impuesto sobre Sociedades en el primer ejercicio con base imponible positiva y en los tres siguientes, y puede aplazar sin garantías el pago de la cuota de los dos primeros ejercicios con base positiva.

¿Puede invertir en una start-up española un inversor extranjero sin NIE?

Sí. La Ley de Startups prevé que las personas físicas extranjeras no residentes que quieran invertir en empresas emergentes españolas soliciten a la Agencia Tributaria un número de identificación fiscal, sin necesidad de obtener un número de identidad de extranjero (NIE). Pueden hacerlo a través de un representante, cuyo poder puede constar en documento notarial, también extranjero, o en un contrato de mandato.

¿De quién es el software que desarrolla un empleado o un programador externo?

Si lo crea un trabajador asalariado en el ejercicio de sus funciones o siguiendo instrucciones de la empresa, los derechos de explotación del programa, tanto el código fuente como el objeto, corresponden en exclusiva a la empresa, salvo pacto en contrario (artículo 97.4 de la Ley de Propiedad Intelectual). Con un programador autónomo o una empresa externa no ocurre lo mismo: hay que pactar por escrito la cesión de los derechos, porque la ley limita la cesión a las modalidades de explotación previstas y, si el contrato no dice nada, la reduce a cinco años y al país en que se realiza (artículo 43). Por eso revisamos estas cláusulas antes de cualquier ronda o venta de la empresa.

¿Para qué sirve un acuerdo de confidencialidad (NDA)?

Además de fijar qué información se protege, durante cuánto tiempo y qué ocurre si se incumple, el NDA es una de las «medidas razonables» que exige la Ley 1/2019, de Secretos Empresariales, para que una información técnica o comercial se proteja como secreto empresarial. Sin medidas de este tipo, la empresa puede perder esa protección frente a quien utilice o divulgue la información.

¿Qué no puede faltar en un contrato SaaS?

En la práctica, un buen contrato SaaS define con precisión el servicio y sus niveles de disponibilidad y soporte (SLA), las consecuencias de los incumplimientos, el precio y sus revisiones, la titularidad del software y de los datos del cliente, la seguridad, la limitación de responsabilidad, la duración y la salida ordenada del servicio, incluida la devolución de los datos. Si el proveedor trata datos personales por cuenta del cliente, el contrato debe incluir además el acuerdo de encargo del tratamiento que exige el RGPD.

¿Cuándo hace falta un contrato de encargo del tratamiento?

Siempre que un proveedor trate datos personales por cuenta de su cliente, algo habitual en servicios cloud, desarrollo, mantenimiento o soporte. El artículo 28.3 del RGPD exige un contrato que fije el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos y de interesados, y que obligue al proveedor, entre otras cosas, a seguir las instrucciones documentadas del cliente, garantizar la confidencialidad y la seguridad, respetar las reglas sobre subencargados y suprimir o devolver los datos al terminar el servicio.

¿Por qué los contratos intragrupo deben fijarse a precio de mercado?

Porque la Ley del Impuesto sobre Sociedades obliga a valorar las operaciones entre entidades vinculadas por su valor de mercado, es decir, el que habrían pactado empresas independientes en condiciones de libre competencia, y a mantener a disposición de la Administración la documentación que lo justifique (artículo 18). Las licencias, servicios de gestión y servicios compartidos entre sociedades de un grupo tecnológico deben estar bien documentados y retribuidos conforme a ese principio para evitar ajustes y sanciones.

¿Qué riesgo tiene contratar o prestar desarrolladores en régimen de outsourcing?

El Estatuto de los Trabajadores solo permite ceder trabajadores a otra empresa a través de empresas de trabajo temporal autorizadas. Hay cesión ilegal, entre otros supuestos, cuando el contrato de servicios se limita a una mera puesta a disposición de trabajadores o cuando el proveedor carece de una organización propia y de los medios necesarios para su actividad (artículo 43). Por eso estructuramos estos contratos como verdaderos servicios, con objeto, dirección y medios propios del proveedor.

Hablemos de su proyecto

Si va a lanzar una start-up, implantar su empresa tecnológica en España, preparar una ronda de inversión o revisar sus contratos de software, contacte con nosotros. Le atendemos en español y en inglés.